ANSES: cómo saber cuándo me toca cobrar la prestación y el bono
El trámite es sencillo y se lo lleva a cabo de manera online.
Estos días son de bastante agitación para la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Sucede que el último mes del año viene con pagos y asistencias extras a las brindadas habitualmente. En este sentido, son los beneficiarios los que se mantienen expectantes ante cada anuncio de ANSES, principalmente para saber cuándo les toca cobrar.
Por esta razón, la entidad habilitó la posibilidad de que las personas puedan conocer la fecha de pago de las distintas prestaciones que se brindan desde la institución. Para lograrlo, los beneficiarios deben ingresar a la web oficial de la ANSES y desde allí seleccionar la opción de «Fecha y lugar y cobro». Cabe recordar que para poder gestionar este trámite se necesita la Clave de la Seguridad Social.
Pero, tal como lo indicó nuestro medio, esta no es la única operación que se puede realizar, sino que también hay otros trámites a los que pueden acceder los beneficiarios. Por un lado, se podrá solicitar la rehabilitación del cobro de una jubilación o pensión y reclamar un haber no cobrado. Asimismo, se podrá iniciar el trámite de asignación por maternidad / maternidad down, como así también el de asignación prenatal.
Del mismo modo, se podrán iniciar trámites de asignación por Embarazo para Protección Social; de prestación por Desempleo; de retiro Transitorio por Invalidez; de prestación por Edad Avanzada por Invalidez; de pensión por Fallecimiento solicitada por hijo o hija mayor incapacitado/a para el trabajo; de prestación por Vejez del Régimen especial para Minusválidos; de prestación por Vejez para Trabajadores Afectados de Ceguera Congénita; y de reclamos de Programa Hogar.
En el caso de la asistencia presencial, la ANSES recordó que existen ciertos trámites para realizar de esta manera, aunque advirtió que existe un requisito clave para realizar esta operación. Sucede que es necesario sacar turno para poder asistir a realizar un trámite de esta manera. Sólo las personas que tengan un turno previo podrán ser atendidas por los empleados en la dependencia más cercana a la que se encuentre.
fuente;EL INTRANSIGENTE
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