ANSeS extendió el plazo de refinanciación de los préstamos a las provincias a través del fondo de garantías


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-A través del Decreto 458/2021, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno prorrogó los acuerdos de refinanciación con las provincias que mantienen una deuda a raíz de lo otorgado por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).

De esta forma, se fijó como nueva fecha de vencimiento el 15 de marzo del 2022, a los efectos de que las provincias puedan ejercer la opción de conversión en un bono con vencimiento a mediano plazo, manteniendo los mismos términos y condiciones suscriptos ante la ANSeS.

Los gobiernos provinciales podrán solicitar esta prórroga en la medida en que notifiquen su intención de ejercer la opción del bono de conversión para los pagos de capital correspondientes al préstamo otorgado en el 2018.

Esta decreto surge a raíz de las dificultades de pago que se deben al impacto fiscal de la pandemia del Covid-19 sobre las billeteras de las provincias, lo que produjo "demoras en la cancelación al FGS del sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) de los vencimientos de intereses por parte del Tesoro Nacional". Así, esta medida busca adaptarse a la "situación de excepción" que atraviesa el país.

Respecto a los intereses, estos se devengarán desde la fecha de vencimiento original hasta la nueva fecha -15 de marzo del 2022- "a una tasa de interés variable nominal anual equivalente a la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos" de 30 a 35 días. Estos serán calculados sobre la base de los días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta de días que tiene el año.

Los intereses por la prórroga se cancelarán íntegramente el 15 de marzo del año entrante, al igual que la amortización. Si el vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior.

Para acceder a la prórroga, tanto las provincias como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán comunicar por nota oficial su decisión a la ANSeS, organismo que notificará al Banco de la Nación Argentina (BNA) para que este cese de realizar retenciones con cargo al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

Respecto a las provincias que opten por el bono de conversión, su colocación se llevara a cabo en varios tramos, en la fecha de vencimiento de los Acuerdos de Refinanciación. Por su parte, la ANSeS informará el precio de colocación en cada oportunidad, el cual deberá ser equivalente al valor técnico

-El capital se cancelará en 12 cuotas semestrales iguales y consecutivas, pagaderas el 15 de marzo y el 15 de septiembre y se fijará el pago de la primera cuota el 15 de septiembre de 2025.

En cuanto a los intereses, se devengarán sobre saldos de capital, a una tasa de interés variable nominal anual equivalente a la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos a 30 y 35 días.

"A efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pago del capital y de los intereses que devengue el bono de conversión, la Provincia deberá ceder "pro solvendo" irrevocablemente sus derechos sobre las sumas a ser percibidas por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos", indica el decreto.

Así, el Tesoro Nacional cancelará los subsidios de tasa previstos en los acuerdos entre la Nación y las provincias y CABA para los préstamos desembolsados entre los años 2017 y 2019, mediante la colocación directa de un bono al FGS del SIPA.

FUENTE:EL CRONISTA

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