Anses: este jueves vence la inscripción del ATP

 

Hasta este 26 de noviembre está vigente el plazo para las empresas que requieran la ayuda del salario complementario, abonado por la Anses.


Este jueves 26 de noviembre vence el plazo para inscribirse en el ATP de diciembre. Es el salario complementario que deposita la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), canalizado a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Aquellas empresas que quieran inscribirse para recibir el salario complementario por parte de la Anses, deben ingresar a la web de la AFIP. El requisito fundamental ante la Anses y la AFIP es registrar una variación nominal negativa de facturación entre octubre de 2019 y octubre 2020. De esta manera podrán acceder a la ayuda que cubre parte de la nómina de las empresas inscriptas.

Nuevo ATP incluye jardines maternales

Mediante la Decisión Administrativa 2085/2020 publicada el pasado 20 de noviembre en el Boletín Oficial, el Gobierno acepta las recomendaciones del Acta 26 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP. Es así como se logra extender los beneficios del programa ATP.

Son incorporados los jardines maternales y las guarderías que no accedían al beneficio de la Anses por no estar inscriptos bajo el código 851010 del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE). El Comité consideró necesario requerir que el Ministerio de Educación remita a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la nómina de establecimientos que desarrollan esa actividad, que cumplan con los parámetros propuestos, y se encuentren inscriptos bajo otro código del referido clasificador, para su incorporación al ATP.

La norma también establece que reciban el beneficio del salario complementario, aquellas empresas que desarrollen alguna de las actividades incluidas en la nómina de rubros afectados en forma crítica.

Con respecto al salario complementario, el Comité estableció como modalidad de cálculo para noviembre que el salario neto resulte equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en octubre. También indicó que este complemento a asignar como beneficio, debe resultar equivalente al 50% del salario neto.

Fuente de información : LM NEUQUÉN



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