AUH: Como cobrar el 20% acumulado correspondiente al 2019

 La Anses anunció las medidas de contención para los beneficiarios del Asignación Universal por Hijo y Asignaciones Familiares e informó los pasos para poder cobrar el beneficio correspondiente a la presentación de la Libreta de 2019



La Anses anunció recientemente una serie de medidas de contención que abarcan a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y las  Asignaciones Familiares con el fin de garantizar el acceso a la Seguridad Social de las niñas, niños y adolescentes en el marco de la actual crisis sanitaria generada por la pandemia de coronavirus.

Asignación Universal por Hijo

A través del Decreto 840/2020 publicado en el boletín oficial, se tomaron las siguientes decisiones:

  • No se deberá presentar la “Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación” para cobrar el beneficio de la AUH.
  • Todos los titulares de la AUH van a cobrar el 20% acumulado que corresponde a la presentación de la Libreta de 2019.
  • Se eliminó el tope de hijas e hijos por familia para el cobro de la AUH.

Asignaciones Familiares

De acuerdo con este beneficio, se definió:

Eliminar el tope mínimo de ingresos para el cobro de asignaciones familiares.

De este modo, el beneficio alcanzará a mas de 46.000 hijos e hijas de los trabajadores y trabajadora.

Los trabajadores y trabajadoras monotributistas no perderán las asignaciones familiares si se atrasan en el pago de las cuotas.

Asi, el beneficio alcanzará a más de 210 mil niños y niñas.

Cómo cobrar el beneficio de la AUH del 20% acumulado

Por otro lado, los titulares de la AUH no deberán realizar ningún trámite adicional para cobrar el beneficio del 20% acumulado que corresponde a la presentación de la Libreta de 2019.

Sin embargo, quienes deban cobrar este beneficio tendrán que presentar una Declaración Jurada que la Anses dispondrá, en reemplazo de la “Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación”.

El beneficio del 20% podrá cobrarse siempre y cuando el o la titular acredite, para los y las menores de hasta cuatro años de edad inclusive, el cumplimiento de los controles sanitarios y el plan de vacunación obligatorio; y para los y las menores en edad escolar, la certificación que acredite, además, el cumplimiento del ciclo escolar lectivo correspondiente.


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