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Cabe destacar que, desde ayer, el monto tendría que estar depositado en las cuentas registradas por ANSES. El plazo máximo para recibirlo, teniendo en cuenta que hay demoras en los pagos, es el miércoles 27 de octubre. En caso de haberse pasado la fecha, se deberá presentar el formulario de haberes impagos.
Por otra parte, el cobro de SUAF también depende de los empleadores, quienes muchas veces no realizan los pagos correspondientes por lo que no se realiza la liquidación
-5.063 por cada hijo para trabajadores con ingresos familiares hasta $78.454 y monotributistas A, B o C.
Por su parte, quienes no lo cobran son las Pensiones no Contributivas (PNC) con asignación familiar o jubilados, ya que está destinado a las SUAF que tienen el salario derivado del trabajo, monotributo o desempleo.
No es necesario realizar ningún trámite dado a que, en este caso, la acreditación es automática. Se pagará en la misma cuenta donde se perciben SUAF cada mes.
Para tener el complemento hay que ser titular de una Asignación Familiar por Hijo del sistema SUAF, que está destinada a trabajadores, monotributistas, entre otros (aunque no todos cobran doble).
Para eso hay que hacer el trámite y estar dentro de esta prestación. Además si, por ejemplo, tenías Asignación Universal por Hijo (AUH) pero pasaste a trabajar en blanco te corresponde el beneficio, pero es importante actualizar los datos en Mi ANSES para que la información quede asentada y pases de una asignación a otra.
En el caso de que un trabajador en relación de dependencia decida pedir licencia sin goce de sueldo, no seguirá percibiendo la Asignación familiar hasta se regularice la situación laboral.
Eso se debe que esos períodos no devengan remuneraciones, y no se efectúan contribuciones a sistema por parte del empleador.
En el caso de renunciar o perder el empleo, o si se reincorpora a trabajar con normalidad, a los 60 días se restituye el pago SUAF.
En el caso de perder el trabajo en blanco, se podrá acceder a la AUH.
FUENTE:ÁMBITO
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