Inflación: cómo serán, según el decreto oficializado hoy, los bonos que cobrarán cuatro grupos de jubilados de la Anses

-El Gobierno oficializó, con la publicación del decreto 532 en el Boletín Oficial de este jueves, el ya anunciado pago de un bono o “refuerzo de ingreso” de hasta $7000 y por un plazo de tres meses, para los jubilados y pensionados que perciban hasta un monto equivalente a dos veces el haber mínimo.

Además, la Anses estableció, mediante la resolución 201 que, por la aplicación del reajuste de 15,53% determinado para la totalidad de las jubilaciones y pensiones por la fórmula de movilidad, a partir de septiembre y hasta noviembre el haber mínimo será de $43.352,59 y el máximo, de $291.721,85, ambas cifras en bruto, es decir, antes del aporte con destino al PAMI o de cualquier otro descuento que pueda tener el ingreso mensual, como la cuota de un plan de moratoria

-El mencionado decreto dispone que el refuerzo de ingresos se liquidará “por titular” y no por beneficio. Esto significa que, en el caso de una persona que tiene dos prestaciones, la suma de los haberes definirá si cobra y, en todo caso, qué cifra cobra. Y establece que, además de los beneficiarios del sistema contributivo que perciben hasta cierto monto, el bono alcanzará a quienes cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), las prestaciones no contributivas por vejez, por invalidez, por ser madre de siete o más hijos, y otras cuyo pago esté a cargo de la Anses.

Los refuerzos se abonarán durante los meses de septiembre, octubre y noviembre. No tendrán descuentos ni se incorporarán los haberes (con lo cual, no se tendrán en cuenta para aplicar el porcentaje de movilidad de diciembre), y los importes serán los siguientes, para cada grupo de personas alcanzadas:

1. Quienes cobren un importe bruto de hasta $43.352,59 (esa cifra será, desde septiembre, el equivalente al haber mínimo, que hasta el actual mes de agosto es de $37.524,96) recibirán $7000 adicionales en cada uno de los tres meses ya mencionados. Esto incluye prestaciones que están por fuera del sistema contributivo, como la PUAM. Para determinar si se llega al umbral se considera todo lo que cobra del sistema previsional la persona; por eso, si alguien tiene jubilación y pensión ya excederá el límite y no estará dentro de este grupo.

2. Las personas que tengan a partir de septiembre un haber bruto de entre $43.352,59 y $46.352,59 (son quienes en este mes de agosto perciben entre $37.524,96 y $40.121,69), recibirán la cantidad de pesos que haga falta para llegar a la suma de $50.352,59. Por ejemplo, un jubilado con un ingreso de $44.500 tendrá un refuerzo de $5852,59, y otro con un haber de $46.000 percibirá $4352,59, siempre durante tres meses.

3. Los jubilados y pensionados con un ingreso mensual superior a $46.352,59, pero inferior a $86.705,18 (es el equivalente a dos veces el haber mínimo, considerando ya el reajuste de 15,53% que se aplicará el mes próximo) tendrán un extra mensual de $4000.

4. Quienes tengan a partir de septiembre un haber bruto ubicado entre los $86.705,18 y los $90.705,18 (son quienes en agosto perciben entre $75.049,93 y $78.512,23), recibirán un bono de tal cuantía que se llegue a la segunda de esas cifras. Por ejemplo, con un ingreso de $87.500 se percibirá un extra de $3205,18. Y con un haber de $90.000 la cifra será de $705,18.

La caída del poder de compra de los haberes

Para quienes tengan ingresos por arriba de los $90.705,18 no habrá compensación alguna. Según los considerandos expuestos en el decreto, en ese grupo queda el 15% de los beneficiarios, aunque eso es si se considera como parte de los jubilados y pensionados al grupo de prestatarios del sistema no contributivo. Mientras tanto, como, con sus resultados, la fórmula de actualizaciones sigue bastante por detrás a la inflación, la pérdida del valor real de las jubilaciones y pensiones es una realidad que afecta a todos, más allá del nivel de ingresos.

Con la actualización de los haberes que se aplicará en septiembre, de 15,53%, el reajuste de haberes acumulado en los primeros nueve meses del año llega a 49,2% (según los índices que va dando la fórmula, sin contar los bonos), mientras que, hacia septiembre, se estima que la inflación rondará el 65%. En el primer trimestre del año el índice de precios llegó a 16,1%, mientras que la recomposición para las jubilaciones fue en marzo de 12,28% (casi cuatro puntos por debajo); en todo el primer semestre, la inflación acumulaba ya un 36,2% y, entre las subas nominales de haberes de marzo y junio se llegó al 29,12% (siete puntos por debajo).

Al actual mes de agosto, para el que se estima una inflación de alrededor de 6%, las jubilaciones -con la recomposición concretada hasta ahora, de 29,12%- llevan una caída de poder adquisitivo, en relación con el inicio del año, de 16,7%.

Los números contradicen totalmente al presidente de la Nación, Alberto Fernández, quien dijo anoche, en una entrevista realizada en el canal TN, que las jubilaciones le están ganando a la inflación con la fórmula de movilidad aprobada en diciembre de 2020, al término de un año (el primero de la gestión de Fernández y Cristina Kirchner) en el que se concretó una política de ajuste a la baja de los haberes previsionales, luego de la decisión de suspender la vigencia de la fórmula legal aprobada en 2017, que justo en 2020 y tras dos años de perder frente a la inflación, se iría a ubicar seis puntos por arriba, permitiendo una recuperación parcial del poder de compra perdido.

El Presidente expresó, además, otro dato sobre el sistema jubilatorio que es incorrecto. Señaló que en el gobierno de Mauricio Macri los reajustes por el mecanismo de movilidad eran semestrales y que en esta gestión se decidió otorgarlos con frecuencia trimestral.

En realidad, la ley de la fórmula que estuvo vigente entre 2009 y 2017 (aprobada durante la presidencia de Cristina Kirchner tras la orden dada por la Corte Suprema, ya que hubo un congelamiento de haberes entre 2002 y 2006 que se judicializó) dispuso el otorgamiento de recomposiciones de manera semestral. La reforma de diciembre de 2017, votada por el Congreso durante el gobierno de Cambiemos en un clima de fuertes protestas sociales, modificó eso para que los aumentos fueran trimestrales. Es decir, lo ocurrido fue lo contrario a lo dicho por Fernández.

El proyecto original promovido por el actual gobierno buscaba que el mecanismo volviera a ser semestral, con recomposiciones en marzo y septiembre (algo que perjudicaría a los jubilados, sobre todo en un contexto de inflación tan elevada como la actual), pero fue finalmente modificado en ese punto, cuando se supo que se pretendía descontarles a los jubilados, en marzo de 2021, el reajuste que se les había otorgado en diciembre de 2020.

Fechas de cobro

Además de oficializar los nuevos montos de haberes a partir de septiembre, la Anses dispuso el calendario de pagos de ese mes, que será el siguiente:

Pensiones no contributivas, según la finalización del número de documento: terminados en 0 y 1, jueves 1° de septiembre; 2 y 3, viernes 2 de septiembre; 4 y 5, lunes 5 de septiembre; 6 y 7, martes 6 de septiembre; 8 y 9, miércoles 7 de septiembre.

Jubilados y pensionados del sistema contributivo cuyos haberes no superen los $48.729, según finalización del número de documento: terminados en 0, jueves 8 de septiembre; 1, viernes 9 de septiembre; 2, lunes 12 de septiembre; 3, martes 13 de septiembre; 4, miércoles 14 de septiembre; finalizados en 5, jueves 15 de septiembre; 6, viernes 16 de septiembre; 7, lunes 19 de septiembre; 8, martes 20 de septiembre; 9, miércoles 21 de septiembre

Jubilados y pensionados del sistema contributivo con haberes que superen los $48.729, según finalización del número de documento:: terminados en 0 y 1, jueves 22 de septiembre; 2 y 3, viernes 23 de septiembre; 4 y 5, lunes 26 de septiembre; finalizados en 6 y 7, martes 27 de septiembre, y 8 y 9, miércoles 28 de septiembre.

FUENTE:LN

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